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Contratos del sector público

Capacidad jurídica y moral de los contratistas. Las prohibiciones de contratar

Pueden contratar quienes tengan capacidad jurídica y de obrar. Sólo por Ley y causa justificada puede limitarse el derecho a concurrir en procedimientos de contratación. 

La capacidad moral se asegura -negativamente- estableciendo prohibiciones de contratar. De estas prohibiciones algunas se aprecian automáticamente, mientras que otras requieren una declaración previa mediante un procedimiento en el que se estime dolo o mala fe, así como la entidad del daño causado con su actuación.