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DFT2.2 (UT)

Fianzas

La fianza debe referirse a la garantía personal que asume un tercero para cumplir la obligación en caso de incumplimiento del deudor principal. El ITP grava el derecho adquirido por el acreedor afianzado.

Aunque la fianza tributa, se aplica -ocasiones- la teoría del tratamiento unitario. Es decir, si se constituye en garantía de un préstamo, tributa exclusivamente por éste concepto.